“Un artista profesional es aquel que provee de la mercancía artista-obra-de-arte a las entidades o instituciones que la requieren para su buen funcionamiento. Para mí, esa es la definición de artista a partir de la cual se puede legislar un estatuto. Las disciplinas
artísticas no pintan nada, nunca mejor dicho. Un artista profesional no es lo que hace, es a quien provee, es las necesidades o demandas que cubre.
De acuerdo, seguimos con el museo. El MACBA sin obras de arte en su interior ya no sería un museo de arte contemporáneo. El museo necesita las obras de arte como el frutero necesita la fruta, es la mercancía con la que trata. Mantener un museo de las dimensiones del MACBA es muy caro, son muchos millones; montar una exposición es caro también, pero no tanto como el mantenimiento de la institución. La suerte que tienen la mayoría de los museos de arte contemporáneo es que las obras de arte que necesitan para que el edificio tenga algún sentido las producen un tipo de personas muy generosas, una especie de creyentes bondadosos, militantes a los que no les importa cubrir las demandas de la industria cultural por muy poco dinero, seres bondadosos que se conforman con poco, una especie de misioneros, aman y creen en su trabajo, y ese amor parece que les compensa. Pero yo creo que trabajamos por amor al arte debido a una confusión, porque equivocamos nuestra función pública.
El museo necesita cubrir una demanda y el artista se oferta para cubrirla. En eso consiste la profesión de artista. Tú pides algo, yo te lo ofrezco y me tienes que pagar por ello, porque ofrecerte lo que pides me ha ocupado x tiempo de mi tiempo soberano. Los museos no están para cubrir las necesidades de los artistas, eso está claro. Las fruterías no existen para cubrir las necesidades de los productores de fruta. Los museos están para cubrir sus propias necesidades. Y nosotros los sustentamos y llenamos de contenido.
Un estatuto de artista que responda a las necesidades de los artistas y regule su práctica laboral es tan difícil de consensuar porque se equivoca sobre el objeto de su trabajo. El objeto del trabajo del artista no es el de la obra de arte, que nadie sabe en qué consiste, es el de cubrir la demanda de la industria cultural. Desde ahí es desde donde creo que se puede regular el estatuto de artista. El artista provee a los museos, etc., de obras de arte, talleres, conferencias, o lo que le pidan; el artista es aquel al que los medios llaman artista; y eso tiene un precio, y lo único que hay que acordar es ese precio. ¿Me explico?”
En riesgo. Diagnóstico, propuestas y luchas en torno a la precariedad del arte contemporáneo. Elorza, C y Ayerbe, N. (eds.). (2020). Madrid: Dykinson.